1. Comenta por qué se considera que las multas a las empresas de radiodifusión deben ser elevadas.

La industria de radiodifusión y telecomunicaciones está compuesta por empresas que registran el crecimiento y poseen una dinámica comercial activa que incluye un capital grande.
2. ¿Cuál es la institución que tiene la facultad para sancionar a las estaciones de radio y TV en los asuntos relacionados con la violación a los derechos de las audiencias?

El IFT (Instituto Federal de las Telecomunicaciones) tiene facultades para aplicar las sanciones relacionadas con las concesiones o con las autorizaciones y tambien determinar las sanciones relacionadas con la competencia económica, sobre los tiempos de transmisión de mensajes comerciales. La PROFECO (Procuraduría Federal del Consumidor) corresponde castigar las infracciones a los derechos de los usuarios.
3. En el listado de sanciones, ¿Cuál consideras que es la sanción más grave que se puede imponer a un concesionario?

La de el rango D y E, que se sitúa del 2.01% hasta el 6% o 10% de los ingresos del concesionario o bien ochenta y dos millones de veces el salario mínimo; lo que, de acuerdo con el salario mínimo vigente en 2019, equivale a $8,419,760,000.00. Esta infracción puede aplicarse si el concesionario presta servicios de telecomunicaciones o radiodifusión sin contar con concesión.
4. ¿Cuál es la recomendación que hace la OCDE en relación con las multas que impone la Procuraduría Federal del Consumidor?

Pidió endurecer las multas que impone la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) por considerarlas y promover que sea la PROFECO quien cobre las sanciones en beneficio de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, en lugar de que lo haga la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Fuentes:
Haz clic para acceder a tema_9.-_regimen_de_sanciones_1.pdf
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