Describe el motivo y las acciones mediante las cuales México se integró a la tecnología de comunicación vía satélite

En 1963 iniciaron los trabajos de la Red Nacional de Telecomunicaciones y en 1968 fue cuando estos concluyeron, por lo que con motivo de los XIX Juegos Olímpicos de ese año llevados a cabo en México, ahí la comunicación vía satélite, se hizo presente en todo el país.
Pero fue en 1970 cuando se empezó a utilizar el satélite de Intelsat para servicios domésticos y justo en el mismo año la señal vía satélite fue transmitida a todo el mundo, con la Copa Mundial de Fútbol en México. La Copa del Mundo México 70 fue la primera edición en la que se transmitieron todos los partidos en vivo y en directo vía satélite, gracias Technicolor ; el uso de los satélites era valorado como la tecnología más avanzada., incluso se denominó Televisión Vía Satélite S.A. al conglomerado actualmente Televisa.
Comenta en qué consistió el desarrollo del sistema de satélites Iluicahua y Morelos.

Conforme la televisión satelital comenzó a ser de gran importancia para el avance de las telecomunicaciones, el gobierno mexicano inicio la inversión para que el país pudiera desarrollar la industria satelital, por ello, en 1980 se dio a conocer que México tendría su propio satélite, llamado Iluicahua, que significa “señor del cielo” en lengua náhuatl. Por lo cual, se comenzó a acondicionar las estaciones para tener envió y recepción de señales vía satélite con la inauguración de la Red Nacional de Estaciones Terrestres en 1981, quien para el siguiente año, lograría tener 71 estaciones en condiciones para la señal satelital.
En el mismo año, México logro el “Acuerdo Orbital Trilateral” que permitía la comunicación vía satélite con los Estados Unidos de América y Canadá. Todas esas acciones sirvieron para que en 1983, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes informara que el sistema de satélites, llamado Sistema Morelos de Satélites, en lugar de Iluicahua, estaría compuesto por dos satélites que serían lanzados en abril y septiembre de 1985, lo cual representaría un costo de 140 millones de dólares.
Detalla los motivos por los que se reformó, tanto el 20 de agosto de 1993 como el 2 de marzo de 1995, el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1993, agosto 20, el Congreso de la Unión aprobó una modificación al artículo 28 de la Constitución, mediante la cual la comunicación vía satélite, se declaraba área estratégica que será ejercida de manera exclusiva por el Estado.
No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas a las que se refiere este precepto: correos; telégrafos; radiotelegrafía y la comunicación vía satélite; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad; ferrocarriles; y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión.
1995, marzo 2. Se reformó nuevamente el artículo 28 constitucional con el fin de que la comunicación vía satélite dejara de ser considerada como “una actividad estratégica exclusiva del Estado” y pasó a ser una “actividad prioritaria para el desarrollo nacional”.
A continuación, se transcribe el texto sobre el tema, ya que esta disposición revistió singular importancia: La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución, el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.
Cabe recordar que, como consecuencia de la firma del Tratado de Libre Comercio, México se comprometió a liberar el campo de las telecomunicaciones para captar la inversión extranjera. Esta fue la razón por la que se hizo el cambio en la normatividad constitucional.
Fuentes: https://josebotello12.files.wordpress.com/2019/11/tema_30_comunicacion_satelital_ii.pdf